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Cuántos días de licencia te corresponden según la antigüedad

Veinte días es el piso, no el techo. A partir de cierta antigüedad se suman días, y la cuenta no es la que la mayoría cree.

Escrito por Pablo Estévez · Técnico en Administración y en Gestión Humana · Fundador de Fractal Asistencia

Publicado el 16 de agosto de 2026

Divulgación: Fractal Asistencia vende software de control horario y presta servicios contables. Citamos la norma con su número para que puedas verificar todo por tu cuenta. Cómo revisamos esto

El piso: veinte días

El artículo 1 de la Ley 12.590 lo dice sin rodeos: todos los trabajadores contratados por particulares o empresas privadas tienen derecho a una licencia anual remunerada de veinte días como mínimo.

«Como mínimo» significa que un convenio colectivo puede mejorarlo. Nunca empeorarlo.

El extra por antigüedad

El artículo 2 establece que quien tiene más de cinco años en la misma empresa suma un día complementario por cada cuatro años de antigüedad.

Traducido a números concretos, así lo explica el MTSS: el primer día extra se genera al quinto año, y después «se agrega un día cada cuatro años trabajados».

AntigüedadDías extraTotal de licencia
Hasta 4 años20
5 años121
8 años222
12 años323
16 años424
20 años525

Fijate el salto: del primer día al segundo pasan tres años (del 5 al 8), y recién de ahí en adelante la cadencia es de cuatro. Es el detalle que más se equivoca cuando se arma la cuenta de memoria.

Y algo que conviene saber: no hay tope. El MTSS es explícito — «no existe tope en la cantidad de días a generarse». Alguien con treinta años en la misma empresa sigue sumando.

Hay un requisito de tiempo trabajado

No alcanza con estar contratado: el artículo 4 pide haber completado 12 meses, o 24 quincenas, o 52 semanas de trabajo dentro del año civil. Quien entró a mitad de año genera licencia en proporción.

Y el salario vacacional es otra cosa

Se confunden seguido. La licencia son los días que no trabaja y se le pagan igual. El salario vacacional es una partida adicional que se cobra al momento de tomarse la licencia, para que las vacaciones se puedan disfrutar. Son dos cosas y se pagan las dos.

Ese salario vacacional, además, entra en el cálculo del aguinaldo.

Fuentes